A. Elegibilidad
- Las partes interesadas involucradas en la pueden verse desplazadas física o económicamente como resultado del acceso a la tierra requerido por el proyecto, ya que pierden el derecho de tener, utilizar o beneficiarse de otras formas de la tierra (en especial, de sus minerales/subsuelo), de las estructuras construidas (como depósitos de almacenamiento de mineral) o de otros activos fijos o muebles.
- En algunos casos, las partes interesadas involucradas en la pueden ser un grupo vulnerable en el proceso de reasentamiento, ya que es posible que no cuenten con ninguna protección en la legislación sobre títulos de propiedad de tierras y/o que su estatus y sus medios de subsistencia se consideren informales o ilegales. En algunos casos, puede que las poblaciones de carezcan de tierras o que provengan de minorías étnicas o de poblaciones desplazadas, siendo, por lo tanto, especialmente vulnerables.
- Las partes interesadas involucradas en la pueden pertenecer a la categoría de usuarios de la tierra que no tienen un derecho o pretensión legal reconocible sobre la tierra y/o los activos que utilizan y/u ocupan (por ejemplo, debido a que operan de manera informal o ilegal). Conforme al Estándar de Desempeño 5 de la , estos usuarios de la tierra son elegibles para su inclusión en un proceso de reasentamiento o restauración de los medios de subsistencia. No obstante, la Nota de Orientación sobre el IFC PS5 afirma que esto no es aplicable en el caso de los impactos que resultan de actividades del proyecto “diferentes de la adquisición de tierras o la restricción del acceso al uso de la tierra”, por ejemplo, la pérdida del acceso a derechos minerales subterráneos de propiedad del Estado por parte de mineros artesanales. En estos casos, la Nota de Orientación 5 requiere la aplicación del Estándar de Desempeño 1 de la , que exige la aplicación de la jerarquía de mitigación y el establecimiento de medidas de mitigación adecuadas para las personas afectadas.
- Además de lo anterior, el desplazamiento físico o económico de la únicamente a través de operaciones de seguridad y sin un proceso bien organizado y equitativo (es decir, un RAP o LRP) puede tener consecuencias negativas significativas para la licencia social para operar, dañando relaciones con las comunidades locales y creando el riesgo de tensiones y violencia. Por lo tanto, los sitios deben pecar por exceso de precaución y manejar el desplazamiento de la en conformidad con la sección 4F, cuando corresponda.
Esta tabla proporciona escenarios o ejemplos relacionados con la para cada categoría de desplazamiento incluida en el proceso de desplazamiento, conforme a los estándares de la .
Categorías de desplazamiento |
Escenarios/ejemplos |
Desplazamiento de individuos y comunidades que tienen derechos legales formales a la tierra y/o a los activos que utilizan y/u ocupan |
Operadores de minería artesanal y a pequeña escala que disponen de un permiso o autorización formal de las autoridades gubernamentales. |
Desplazamiento de individuos/comunidades que no tienen derechos legales formales a la tierra y/o a los activos, pero tienen una pretensión reconocida por la legislación nacional. |
Mineros artesanales y a pequeña escala que han obtenido acuerdos con las autoridades gubernamentales y/o las autoridades tradicionales (propietarios de tierras, jefes tradicionales) en los casos en que tales acuerdos son reconocidos por la legislación. |
Desplazamiento de individuos/comunidades que no tienen ningún derecho o pretensión legal reconocible a la tierra y/o a los activos que ocupan o utilizan. |
Mineros artesanales y a pequeña escala que no tienen un permiso, acuerdo o pretensión, o que sólo han obtenido acuerdos informales con las autoridades gubernamentales o tradicionales (propietarios de tierras, jefes tradicionales) que no son reconocidos por la legislación. |
B. Planificación/línea base/evaluación de impactos
En la etapa de planificación, elaboración de una línea base y evaluación de impactos, los sitios deben tener en cuenta lo siguiente:
- Evaluación del número de partes interesadas involucradas en la que se han visto afectados por la operación en el área designada. Esto debe incluir no sólo a los trabajadores/excavadores, sino a todas las personas afectadas en el área designada, incluyendo lavaderos, transportistas, agregadores, proveedores de servicios secundarios (por ejemplo, suministro de alimentos, pequeñas tiendas o quioscos), etc.
- El número de partes interesadas involucradas en la en el área designada puede ser muy fluido y cambiar con frecuencia. Al igual que ocurre con otros grupos de partes interesadas, el proceso de desplazamiento o reasentamiento puede crear falsos incentivos para que la se establezca en la zona. El sitio debe establecer una fecha límite para la elaboración de la línea base/evaluación de impactos, registrar a las partes interesadas de afectadas y considerar el establecimiento de protección y de controles del acceso al área, para permitir la presencia sólo de las partes interesadas registradas hasta la fecha designada de desplazamiento/reasentamiento.
- Elabore un inventario de los activos o asentamientos relacionados con la , cuando corresponda. Los activos pueden incluir carpas y abrigos, barracas de almacenamiento, quioscos y ventanillas de compra, así como herramientas y equipos utilizados para la extracción minera, la agregación y el procesamiento. Los asentamientos pueden incluir los alojamientos de los trabajadores de la que permanecen en el sitio de manera temporal o permanente (incluso si son informales).
C. Relacionamiento con las partes interesadas
- La identificación de las partes interesadas involucradas en la y el relacionamiento con éstas en el área designada puede plantear dificultades: por un lado, puede implicar riesgos de seguridad y protección para los empleados de la compañía; por otro, es posible que las partes interesadas de teman relacionarse de manera abierta o ser registradas, debido a la naturaleza informal o ilegal de sus actividades. En estos casos, los sitios deben considerar trabajar con un tercero para identificar, registrar y relacionarse con las partes interesadas de . Esto podría realizarse con el apoyo de especialistas o de organizaciones que ya se relacionan con la población de y tienen su confianza; en algunos casos, estas organizaciones pueden ser organismos gubernamentales, mientras que en otros casos pueden ser organizaciones basadas en la comunidad (CBO) u . La estrategia y las actividades de relacionamiento deben registrarse en el Plan de Relacionamiento con las Partes Interesadas de Reasentamiento (RSEP).
D. Mitigación/restauración de los medios de subsistencia
- En muchos casos, puede ser difícil evaluar los impactos del desplazamiento o el derecho a compensaciones para las partes interesadas involucradas en la . Los sitios deben contactar con el área de SP del Grupo para obtener orientación en los casos en que resulte difícil determinar la elegibilidad. En algunos casos, se deben considerar otras opciones en la jerarquía de mitigación, como la mitigación o la restauración, y se deben buscar soluciones específicas a través del relacionamiento con los actores de la y las partes interesadas gubernamentales pertinentes. Es posible que ofrecer opciones para la restauración y/o la mejora de los medios de subsistencia sea más pertinente y contribuya a un proceso de partida/desplazamiento voluntario y pacífico, especialmente en caso de que exista una población de grande o relativamente permanente en el área designada. En este proceso, es importante considerar también los derechos humanos y los riesgos y consecuencias comerciales. El desplazamiento sin un proceso estándar y conforme a la , así como sin medidas de mitigación o restauración, puede no sólo afectar a los mineros y sus dependientes, sino también crear riesgos para el sitio (tensiones, violencia, pérdida de la licencia social para operar, daños a la reputación).
- En la mayoría de los casos, las opciones y ejemplos de medidas de compensación o restauración deberán coordinarse e implementarse en colaboración con las autoridades gubernamentales y otros terceros. Estas medidas pueden incluir lo siguiente:
- Apoyo al establecimiento de un área de alternativa en las cercanías, contribuyendo a la formalización de la en esta zona.
- Posiblemente, contribuir a la mejora de los medios de subsistencia basados en la en esta zona (eliminación del recubrimiento del yacimiento, utilización de mejores técnicas de minería y procesamiento que reduzcan las preocupaciones relativas a la salud, la seguridad y el medio ambiente, etc.).
- Proporcionar una suma de dinero para el retorno o el traslado a un área de alternativa (teniendo en cuenta que esto debe combinarse con una evaluación de impactos y coordinarse con la comunidad receptora).
- Inclusión en programas de desarrollo de habilidades, de empleos locales y empresariales para promover otros tipos de medios de subsistencia (teniendo en cuenta que la suele ser el medio de subsistencia “alternativo” y que otros proyectos de medios de subsistencia alternativos con frecuencia no han tenido éxito).
- Proporcionar una suma de dinero para mover estructuras fijas, como pequeños quioscos y tiendas, ventanillas de compra, depósitos de mineral, etc.
E. Garantizar y mantener el acceso a la tierra
- Los sitios deberán garantizar, controlar y mantener el acceso a la tierra a partir de la fecha límite de línea base (acceso limitado) y, posteriormente, una vez finalizado el proceso de desplazamiento (interrupción del acceso). Para facilitar esto, los sitios deben considerar el registro de las partes interesadas de durante la línea base, así como el establecimiento de protección y de controles del acceso al área, permitiendo que sólo las partes interesadas registradas tengan acceso durante el período de tiempo hasta el desplazamiento/reubicación. Véase también la sección 4F.
- Según las circunstancias y la relación con las partes interesadas de , los sitios pueden considerar el establecimiento de un período de “prórroga” entre la fecha límite y la reubicación, permitiendo que las partes interesadas sigan realizando sus actividades (o una parte de éstas) durante un cierto período durante el cual deberán prepararse para la reubicación.