Se requiere una supervisión de terceros independiente desde el inicio de la implementación del reasentamiento (véase la sección 4F.2. Orientación, Tarea 9). Esta supervisión se efectúa a través de revisiones de cumplimiento, y la primera de estas revisiones debe realizarse seis meses después del inicio de la implementación. Si el tercero independiente no plantea ninguna preocupación significativa, las siguientes revisiones de cumplimiento deberán efectuarse anualmente. Si una revisión de cumplimiento realizada en cualquier momento durante la implementación identifica deficiencias significativas en el proceso de implementación, se deberá efectuar una revisión de cumplimiento de seguimiento después de seis meses. Si se ha respondido de manera adecuada a los casos de incumplimiento significativos, se podrán reanudar las revisiones de cumplimiento anuales.
Entre las partes adecuadas que pueden proporcionar supervisión independiente, se encuentran las o las organizaciones de la sociedad civil de renombre y adecuadamente experimentadas. Si no hay ninguna organización de este tipo disponible, se deberá nombrar un consultor independiente (que no podrá ser el mismo consultor responsable de la planificación e implementación del ; véase la sección 4F.2. Orientación, tareas 7–9).
El alcance de una revisión de cumplimiento debe incluir, entre otros aspectos, lo siguiente:
- revise el y su operacionalización para confirmar que cumple con las prácticas recomendadas internacionales (véase la sección 4F.2 Orientación, tareas 7–8);
- revise los informes de avances y de monitoreo para verificar que el plan está implementándose de manera eficaz y está alcanzando los objetivos esperados;
- realice actividades de relacionamiento específicas con partes interesadas seleccionadas para confirmar la veracidad de los avances comunicados y el logro de los objetivos de reasentamiento; y
- documente las conclusiones y, si es necesario, haga recomendaciones para enfrentar las deficiencias identificadas.
El equipo de proyecto de reasentamiento y/o el equipo de operaciones deben revisar las conclusiones de las revisiones de cumplimiento, para determinar si se requiere alguna acción correctiva y actualizar el plan de según corresponda.
Cuando sea posible, las revisiones de cumplimiento deberán realizarse junto con otras auditorías sociales y ambientales, para permitir la identificación de problemas transversales que sólo puedan enfrentarse de manera holística. Sin embargo, si los impactos de desplazamiento son significativos, es posible que sea preferible efectuar revisiones separadas, pero el intercambio de información y la coordinación entre las diferentes disciplinas seguirá siendo esencial.
Una vez que el equipo de operaciones está satisfecho con el resultado de las actividades de implementación, se debe encargar la realización de una auditoría de cierre independiente. Debe realizarse una auditoría de finalización hasta tres años después de la finalización de la reubicación física (en el caso de un ) y/o del inicio de las actividades de restauración de los medios de subsistencia (en el caso de un ). En el caso de un (sólo desplazamiento temporal), se puede acortar el plazo para la finalización de la auditoría, en conformidad con la naturaleza de los impactos de desplazamiento. El propósito es determinar si el proceso de implementación tuvo éxito en el cumplimiento de los estándares aplicables y los objetivos de planificación, especialmente en términos de los resultados de la restauración de los medios de subsistencia. Para alcanzar el cierre, se deben acordar criterios indicativos de los resultados exitosos con el durante la planificación, y los resultados de deben ser aprobados por el . Se debe tener en cuenta que hay varios factores externos que pueden afectar los resultados del reasentamiento y complicar una plena restauración de los medios de subsistencia. De esta manera, la definición de éxito debe ser representada como los que son tanto alcanzables en el contexto socioeconómico como aceptables ante el .
La auditoría de finalización debe documentarse en un informe amplio, que incluye las conclusiones sobre el éxito de la reubicación física (si corresponde), la sostenibilidad de las medidas de restauración de los medios de subsistencia y las medidas (correctivas) de cierre que se requieren para garantizar el cumplimiento de los criterios de finalización. Las conclusiones de la auditoría deben especificar si:
- es necesario desarrollar un Plan de Remediación; o
- las acciones correctivas deben incluir pequeños ajustes en la planificación existente.